El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) no retrocede en la adjudicación a las ofertas más caras, en la licitación para impresión de materiales educativos (ID 463098).
Ayer, el titular de la cartera, Luis Ramírez, conversó con ABC Cardinal y trató de defender los puntos cuestionados en el llamado. Sin embargo, terminó reconociendo las llamativas variables consideradas al momento de la evaluación.

Un discurso engañoso
Primeramente, intentó establecer el discurso de que el método actual de evaluación, con “multiplicidad de criterios”, busca evitar el incumplimiento de las proveedoras.
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“El año pasado nosotros tuvimos mucho incumplimiento en tiempo y forma en la entrega, justamente, de los textos. Nosotros siempre prevemos un tiempo antes, porque desde hace un año atrás que llegamos, sugerimos que los textos también se entregarán con los kits. Y eso nos ayuda a un montón de cosas, entre otras, a tener un solo operativo de entrega. Entonces, tuvimos muchas dificultades, porque cuando el único criterio es el precio, se presentaron muchos órganos, empresas, que no tenían las condiciones, que no tenían las posibilidades de entregar, sobre todo por el volumen que representa una licitación para el Ministerio de Educación”, dijo.
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El ministro hizo referencia a un proceso de 2024, en que no fue una licitación propiamente, sino una contratación por excepción, que además, dio solo un mes de plazo para la entrega, según los datos oficiales.
Ramírez no contó esos detalles, y en lugar de eso, alegó que apuntaron a “un mejor sistema que incluye elementos que nos permiten dos cosas, asegurarnos que la empresa que compite y que participa tenga la posibilidad de cumplir, y que esto sea un proceso absolutamente transparente en el sentido de que no depende de interpretaciones, sino que hay una grilla en donde cada cuestión que se pide tiene una valoración”.
Pero cuando se le consultó cuáles son esos criterios actuales, respondió que, por ejemplo, tiene peso la “responsabilidad social”. “Experiencia en programas de responsabilidad como voluntariado, donaciones, apoyo a instituciones de beneficencia, cooperación, trabajo con el contexto y con el medio ambiente”, afirmó (sic).

¿Donaciones y voluntariados garantizan el cumplimiento?
No explicó, sin embargo, cómo es que las donaciones que haya hecho una empresa pueda garantizar que esta cumpla un contrato con el Estado. O con qué lógica la participación en un voluntariado puede tener tanto peso como el precio bajo.
Anteriormente, el parámetro principal para adjudicación era el precio más bajo, luego de comprobarse que la empresa tuviera la experiencia requerida, capacidad ténica y financiera. Ahora, eso posee un peso casi nulo.
Según el ministro, “no es una invención del MEC”, sino que es una “grilla oficial de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas”.
Sin embargo, hubo otros llamados fechados en el mismo mes del proceso en cuestión, en los que la misma cartera usó los criterios del sistema anterior de evaluación.
¿Era necesario exigir ISO?
Por otro lado, ante la crítica de gremios de mipymes acerca de que los criterios que pidió el MEC son imposible de cumplir, incluso para una firma mediana, Ramírez también quiso convencer de que “nadie quedó afuera”.
“Además, por el sistema de competencia, las empresas grandes tienen que aliarse con las pequeñas y medianas empresas y eso suma puntos. Y viceversa”, dijo, pero no explicó por qué un imprentero debería tener ISO -como pidió la licitación- para poder garantizar su cumplimiento.
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Los funcionarios que intervinieron
Los responsables de que el MEC haya adjudicado a las ofertas más caras, además del ministro Luis Ramírez, fueron: La jefa de la UOC, María José Carrillo; y el director general de Administración y Finanzas, Alcides Santander.
También los directores de área, miembros del Comité Evaluador: Nélida Amarilla, de Bienestar Estudiantil; Pedro Villalba Rodríguez, de Administración y Finanzas; Víctor Ramón López Amarilla, de Desarrollo Educativo. Otro nombre mencionado es Herman Weisensee, el asesor personal del ministro, pero este negó ayer su participación en el proceso.
DNCP responsabiliza al ministerio
La Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) respondió ayer las preguntas enviadas por ABC, respecto al llamado del Ministerio de Educación y al sistema de evaluación que este utilizó.
Ante la pregunta de si la DNCP avala el cambio de los parámetros al momento de la evaluación (criterios múltiples), respondió a través de una nota que la institución “solo avala lo que establece la ley 7021/2022”.
Citó el Art. 52: “La evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero. De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien, servicio u obra pública, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, tales como: a) Calidad; b) Precio; c) Costos del ciclo de vida del bien, servicio u obra pública; d) Condiciones técnicas; e) Experiencia del oferente o de su equipo de trabajo; f) Condiciones de entrega del bien, servicio u obra pública; g) Servicio posventa; h) Características estéticas o funcionales; i) Aspectos de sostenibilidad ambiental, económico y social; j) Innovación’.
Contrataciones también aclaró que la responsabilidad del llamado en cuestión, que eligió un sistema distinto de evaluación, es exclusivamente del MEC.
Aún no evaluaron la protesta
“¿Cómo se puede garantizar el buen uso de los recursos públicos si el peso de experiencia, capacidad técnica, financiera y precio bajo es casi nulo en los llamados?”, preguntamos. Nos respondieron que esta pregunta tiene directa relación con la protesta del MEC, “que ni siquiera se encuentra en estudio ya que hasta la fecha no han contestado la protesta todas las partes intervinientes”.
Añadió: “Como regla general, la Ley 7.021/2022 en su artículo 52, establece entre otras cosas que las convocantes adoptarán los criterios de evaluación que se ajusten al procedimiento de contratación y a la naturaleza del contrato, pudiendo evaluar parámetros de cumplimiento, puntos o porcentajes o la combinación de ambos, para garantizar al Estado las mejores condiciones de contratación”.
Resaltó que “de acuerdo en lo establecido en el párrafo anterior ES FACULTAD UNICA DE LAS CONVOCANTES establecer dichos criterios en sus pliegos particulares” (sic).
“La Ley 7.021/2022 prevé ambos mecanismos de evaluación, es facultad de la convocante establecer el sistema de evaluación de las ofertas”, insistió. Reiteró además que dicho llamado del MEC se encuentra pendiente de contestación de la protesta interpuesta”.