La designación de un interino en la Procuraduría General sin límite temporal podría contravenir la ley.
El ex procurador general Marco Aurelio González Maldonado, designado recientemente como miembro del Banco Central del Paraguay, firmó un día antes de su renuncia la Resolución PGR Nº 194/2025. Este acto administrativo nombró a Rubén Elidio Gaona como encargado de despacho de la Procuraduría General de la República, sin establecer un plazo de vigencia para sus funciones.
El documento otorga a Gaona todas las atribuciones correspondientes al cargo de procurador general, amparándose en la necesidad de cubrir el puesto ante la inminente salida de González hacia el Banco Central. Sin embargo, la resolución no define un límite temporal, lo que contradice el principio de provisionalidad previsto en la legislación vigente.
El 3 de septiembre de 2025, mediante el Decreto Nº 4471, la Presidencia aceptó la renuncia de González. No obstante, el decreto no está disponible para descarga en el portal oficial, ni figura en la Gaceta del Estado, lo que genera dudas sobre su publicación y validez administrativa.
Los senadores aprobaron el pedido del Poder Ejecutivo por el cual solicita el “Acuerdo Constitucional para el nombramiento del señor Marco Aurelio González Maldonado, como miembro titular del Directorio del Banco Central del Paraguay, de conformidad a la Constitución Nacional” pic.twitter.com/M9FbXeIepW
— Senado TV (@SenadoTV24) August 6, 2025
La Ley Nº 7278/2024, que regula la organización del Estado, establece en su artículo 16 que los encargados de despacho deben ejercer temporalmente la función de la máxima autoridad en casos de vacancia no definitiva. Este principio se vulnera cuando no se define un plazo concreto para el interinato, como en el caso de Gaona.
Asimismo, la Ley Nº 6837/2021, que rige la Procuraduría General, dispone que las ausencias del procurador deben ser suplidas por funcionarios jerárquicos en carácter temporal, lo que refuerza la exigencia de que la sustitución no sea permanente.
A la fecha, Rubén Gaona continúa ejerciendo funciones como encargado de despacho sin nombramiento formal de un nuevo procurador general por parte del Poder Ejecutivo. Esta situación podría derivar en cuestionamientos judiciales por presunta violación del marco constitucional.
La incompatibilidad también alcanza al propio González Maldonado, ya que el artículo 12 de la Ley 489 del Banco Central prohíbe a sus directores ocupar simultáneamente otros cargos públicos, salvo en el ámbito docente. Sin embargo, el ex procurador continúa como vicedecano en la Facultad de Derecho de la UNA.
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Juristas advierten que este tipo de designaciones interinas indefinidas constituyen un abuso del poder reglamentario y podrían considerarse “filo legales”, ya que desvirtúan la naturaleza temporal del encargo prevista por la Constitución.
El caso expone un vacío legal que afecta la institucionalidad de la Procuraduría General y debilita la seguridad jurídica del Estado. La falta de un decreto presidencial que formalice al nuevo titular mantiene a la PGR en una situación de incertidumbre administrativa.
Fuente: ABC Color