El Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, segunda sala, ratificó las condenas establecidas para la suboficial de la Policía Nacional Nilsa Evelin Morel Giménez y la funcionaria de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de San Lorenzo, Mabel Corvalán Achucarro. Es por cohecho pasivo agravado (coima) y producción de documentos no auténticos.

La decisión es resultado del voto unánime de los camaristas Arnulfo Arias Maldonado, Paublino Escobar Garay y Camilo Torres Leguizamón.

En un juicio oral y público que concluyó el 23 de julio pasado, el Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos presidido por Karina Cáceres e integrado por Ana Rodríguez e Yolanda Morel, sentenció a la funcionaria municipal a 2 años de cárcel y a la uniformada a 1 año y 8 meses de pena privativa de libertad, con suspensión de la ejecución de la condena en ambos casos.

Cuestionamiento de las defensas

La sentencia definitiva (S.D.) Nº 326 fue apelada por los abogados Gladys del Pilar Verón Aguayo, en representación de Nilsa Morel y por Edgar Antonio López Escobar y Roland Ortiz Ayala, por la defensa de Mabel Corvalán.

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La defensa de la agente policial, que prestaba servicios en el Puesto Policial N° 002 de la Villa 24 de Junio de la vecina ciudad, cuestionó la valoración que hizo el tribunal de las pruebas ofrecidas en juicio, pues quería que se considere que su defendida actuó por orden superior.

  La funcionaria municipal Mabel Corvalán (de rojo) en una de las audiencias ante el fiscal Leonardi Guerrero (2023).
La funcionaria municipal Mabel Corvalán (de rojo) en una de las audiencias ante el fiscal Leonardi Guerrero (2023).

“(…) si bien es cierto, que la misma emitió dos certificados de vida y residencia, es también muy cierto que lo ha hecho por orden superior en su carácter de personal subordinada, y esa situación de subordinación y la forma de expedición de dicho documento en la forma realizada por mi defendida, es normal en dicha comisaria y en todas las comisarias del país (…)”, argumentó la abogada Verón, quien sostuvo además que los hechos expuestos en juicio son faltas administrativas y no delitos.

A su vez, la defensa de la funcionaria municipal cuestionó la validez de los documentos que sirvieron de base para el inicio del proceso y posterior condena, los certificados de vida y residencia con datos falsos.

Conclusión del Tribunal de Apelación

“Sobre la valoración probatoria, debemos admitir que el Tribunal ha obtenido su convencimiento, luego de la estimación de las que fueron ofrecidas por la acusación -producidas en la audiencia- dando intervención a todas las partes, habiendo comprobado los hechos luego de oír el testimonio de la víctima; que fue confirmada seguidamente con la información obtenida del teléfono celular de la acusada y los archivos, que acreditaron la comunicación constante entre la condenada y la coprocesada Nilsa Morel, con el propósito de recibir un beneficio -dinero-, a cambio de un acto de servicio, presupuestos requeridos por la norma – Inc. 1ro. del Art. 301 del C.P.P.- que tipifica el hecho punible de cohecho pasivo agravado», señala el fallo.

“Finalmente, encontrando cumplidas suficientemente las normas procesales y penales que justifican el fallo, al haber el Tribunal respetado las formas exigidas para el dictado de las sentencias; al no advertir el error o la omisión en la aplicación de la ley que justifique la nulidad parcial requerida y su reenvío a fin de la realización de un nuevo juicio en cuanto a la pena, o algún otro vicio que la invalide; habiendo observado el Tribunal de Sentencia los derechos y garantías procesales del acusado para dicho efecto, doy mi voto por la confirmación de la sentencia recurrida en todas sus partes”, concluye la Cámara.

Acusación por pedidos de coima en San Lorenzo

La acusación presentada por el fiscal Leonardi Guerrero relata que la investigación se inició a partir de la denuncia realizada el 4 de abril pasado por la abogada Carol Flores Imas, de la Dirección General de Transparencia y Anticorrupción de la Municipalidad de San Lorenzo, denunció ante el Ministerio Público la comisión de presuntos hechos punibles cometidos dentro de la comuna por parte de funcionarios no identificados.

Los documentos que serán analizados son las constancias de vida y residencia.
Los certificados de vida y residencia incautados tras la entrega vigilada, contenían datos falsos.

El mismo consistía en el cobro de sumas de entre G. 25.000 a G. 30.000 cuando que por ley la expedición de documentos públicos, como el certificado de vida y residencia brindado por la Policía Nacional, se establece su gratuidad.

Las funcionarias ahora condenadas habrían obtenido certificados de vida y residencia falsos y otros requisitos exigidos para expedir renovación de registro de conducir instalándole sellos respectivos de la Policía Nacional a cambio de pagos de sumas de dinero que no se hallan dentro del arancel municipal para dicho efecto, siempre de acuerdo con la acusación.

El “modus operandi”

Según los datos, ante consultas de los contribuyentes en ventanilla acerca de los requisitos para acceder a la renovación, Mabel Corvalán les informa sobre la necesidad de presentar examen de vista y oído, expedido por la municipalidad local, informe de primeros auxilios, expedidos por Cuerpo de Bomberos de San Lorenzo y Certificado de Vida y Residencia, expedidos por la Policía Nacional.

Acto seguido, la funcionaria ofrece la obtención de certificado de vida y residencia para “agilizar” el trámite, a cambio de un pago de 25 o 30.000 guaraníes, siempre de acuerdo con la acusación declarada probada en juicio.

Tras la anuencia del contribuyente, Corvalán le solicita su cédula de identidad, le quita fotos de ambos lados con su celular y posteriormente las envía a la suboficial Morel, quien prestaba servicios en el puesto policial 24 de Junio de San Lorenzo.

“Esta al recibir la foto en su celular, procede a elaborar los respectivos certificados de vida y residencia y para completar los requisitos exigidos, tales como datos de testigos y el domicilio del contribuyente interesado en renovar su registro de conducir, recurre al archivo de datos de la Policía Nacional de donde quita la información de los supuestos testigos y lo asienta en el certificado de vida y residencia”, señala Guerrero en su acusación.

Durante el juicio quedó probado que el esquema de ambas condenadas venía funcionando de manera prolongada.

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