El Ministerio de Juventud e Infancia quiere combatir la sobreexposición de los menores en las redes sociales. Por ello, trabaja en una norma legislativa para regular lo que se conoce como sharenting, la práctica de compartir fotos, vídeos e información sobre los hijos en estas plataformas, según ha sabido EL PAÍS de fuentes del departamento que dirige Sira Rego. En los próximos días, el ministerio sacará a consulta pública su intención de legislar al respecto. Es el primer paso antes de redactar la norma.
Está previsto que Rego se reúna este martes con académicas que han abordado el sharenting, y también con creadoras de contenido que han mostrado su preocupación por la difusión que hacen algunas familias de la imagen e información de sus hijos, explican las fuentes ministeriales. El objetivo es avanzar en este frente mientras en el Congreso continúan los trámites de la ley para la protección de los menores en los entornos digitales, que el pasado septiembre superó la enmienda a la totalidad presentada por Vox. Una norma que, entre otras medidas, establece los 16 años como edad mínima para acceder y registrarse en redes sociales. Pero que no menciona el sharenting.
Esta palabra es un acrónimo en inglés de dos términos. Por un lado, compartir (share) y por otro, paternidad o crianza (parenting). En España ahora mismo no hay una norma específica en este ámbito. Aunque sí hay leyes aplicables, como la de protección civil del derecho al honor, intimidad familiar y personal y a la propia imagen, de 1982, y la de protección jurídica del menor, de 1996. Actualmente, los propios adolescentes están facultados legalmente, a partir de los 14 años, para dar su consentimiento sobre qué fotos pueden subirse y cuáles no. Hasta entonces, eso sí, deciden sus padres.
Organizaciones de infancia llevan años tratando de concienciar sobre la publicación de imágenes de los niños en internet. Incluso la Policía Nacional lanzó el pasado verano una campaña sobre el sharenting. En el informe, que redactó un comité de 50 expertos para el ministerio de Rego en el marco de los preparativos para elaborar la ley para proteger a los menores en el entorno digital, se recomienda específicamente regular el sharenting por parte de creadores de contenido o influencers.
Desde Juventud e Infancia consideran que la exposición de los niños y adolescentes en las redes sociales es cada vez más habitual y que, en muchas ocasiones, se lleva a cabo sin el consentimiento de los propios menores. Por ello, las fuentes del ministerio creen fundamental que exista una regulación específica en relación con la exposición, con carácter general, de los menores en plataformas de intercambio de contenido audiovisual y redes sociales. Y destacan que resulta imprescindible para garantizar el respeto de sus derechos, reconocidos en el ordenamiento jurídico español y en los instrumentos internacionales.
Más allá del común de las familias, fuentes ministeriales indican que también se realizan comunicaciones comerciales o promocionales utilizando la imagen de los menores, y señalan que este tipo de actividades puede ser una fuente de ingresos para la persona responsable de la publicación. Sobre este último punto, un estudio publicado en 2021 y llevado a cabo por investigadores de la Universidad del País Vasco arroja algo de luz. Tras analizar un millar de publicaciones de diez cuentas de instamadres populares, concluyeron que en el 45,6% de los post analizados aparecían menores, y que estas publicaciones reciben un 41% más de likes que aquellas en las que no hay niños.
Pero, independientemente de que la exposición se multiplica en el caso de hijos de personas famosas y con relevancia en redes, los expertos apuntan a riesgos generales, que debieran tener en cuenta todas las familias.
En el informe elaborado para el ministerio se citan algunos. “Sin duda, el primero de todos, y más grave, es la facilidad con la que un pederasta o un pedófilo podría acceder a la fotografía del menor, descargarla del perfil y utilizarla para cualquier fin ilícito relacionado con la pornografía infantil”, se lee en el documento. Según un estudio de 2019 elaborado por investigadores de la Universidad de Valencia, el 72% de los agresores sexuales duales penados (es decir, pedófilos que además agreden sexualmente a menores) tenían imágenes no eróticas ni sexualizadas de niños total o parcialmente desnudos que provenían de fuentes comerciales, álbumes familiares o fuentes legítimas.
El riesgo de la IA
Además, los 50 expertos alertaron en su análisis de que el “aumento exponencial del uso de aplicaciones de inteligencia artificial generativa ha dado lugar a otro riesgo” que consiste en alterar la imagen de un menor, combinándola con otra de carácter pornográfico, para obtener una nueva imagen de alto contenido sexual protagonizada por el menor de la foto original.
Otro riesgo, se citaba en ese documento, es “el acoso al que pueden verse sometidos los niños, niñas y, especialmente, adolescentes por parte de sus iguales al ver publicadas fotografías realizadas por sus progenitores”. Y se añadía: “Para algunos será gratificante contar con un álbum digital de toda su infancia y verse rodeados de la familia y los amigos más cercanos, pero para otros, quizá los más retraídos, esa sobreexposición podría suponerles serios problemas de autoestima”.
Las fuentes del ministerio apuntan que esta sobreexposición puede conllevar consecuencias perjudiciales para la salud, el desarrollo y el bienestar de los niños y adolescentes, incluyendo daños psicológicos, como puede ser la ansiedad o incluso llegar a la depresión, ante una exposición constante y continuada en el tiempo.