04 de noviembre de 2025 – 21:34

El abogado constitucionalista Manuel Riera afirmó que la Constitución Nacional es clara al establecer que los ministros de la Corte Suprema de Justicia no pueden permanecer más de cinco años en el cargo. De esta manera, cuestiona la acción promovida por el ministro Víctor Ríos, que busca declarar su inamovilidad.

El abogado Manuel Riera fijó postura sobre la acción de inconstitucionalidad presentada por el ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos, quien pretende que se reconozca su inamovilidad en el cargo.

Riera sostuvo que la Constitución Nacional no deja lugar a dudas: los ministros son designados por un periodo de cinco años, conforme al artículo 252 y las normas concordantes.

“Cuando se designa a un ministro de la Corte, se lo hace por un periodo determinado. Así lo establece la Constitución y lo aplica la ley que organiza la Corte”, afirmó.

“La Constitución no se puede leer por partes”

El abogado advirtió que algunos ministros intentan sostener su permanencia indefinida apelando a una interpretación aislada del artículo 261 de la Carta Magna, lo que, según dijo, distorsiona el sentido del texto constitucional.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Ministro Víctor Ríos Ojeda.
Ministro Víctor Ríos Ojeda.

“La lectura de la Constitución no puede hacerse tomando el artículo 261 de forma separada del 252. La Constitución tiene una lógica sistemática: distingue entre disposiciones generales y específicas. En este caso, los ministros tienen un mandato definido”, explicó.

Riera recordó además que la interpretación de la Constitución no es exclusividad del Poder Judicial.

“Así como la Corte tiene atribuciones para custodiar la Constitución, el Congreso también tiene la potestad de interpretarla y velar por su cumplimiento. No puede declararla inconstitucional, pero sí puede dotarla del significado que considere correcto”, señaló.

El constitucionalista insistió en que toda designación de un ministro se realiza mediante una resolución del Senado con acuerdo del Ejecutivo, y que una vez cumplido ese periodo de cinco años, la vigencia de la resolución concluye.

Riesgo es la perpetuidad

Riera admitió que, pese a su postura, es probable que la Corte declare la inconstitucionalidad del artículo 19 de la Ley Orgánica de la Corte, lo que llevaría a reconocer la inamovilidad de Víctor Ríos.

“No espero sorpresas. Ríos y Santander probablemente serán declarados inamovibles, pero tengo miedo de que detrás de la idea de inamovilidad subyace la perpetuidad”, advirtió.

source

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *