05 de noviembre de 2025 – 14:55
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó que desde la habilitación de la etapa de voluntariedad, más de 10.000 pequeños contribuyentes ya están utilizando el sistema gratuito de facturación electrónica “Ekuatia’i” en todo el país.
La DNIT emitió ayer un comunicado para destacar que desde la administración tributaria se fomenta el uso masivo del del sistema gratuito de facturación electrónica “e-Kuatia’i”.
Añade que esta herramienta digital permite emitir comprobantes de manera rápida, segura y conforme a las normativas vigentes, facilitando la cotidiana gestión tributaria.
Explica que actualmente cuenta con más de 10.000 pequeños contribuyentes que están utilizando el referido sistema de facturación en todo el país.
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“De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución General N.º 21/2024, los contribuyentes clasificados como “Pequeños” -con un solo establecimiento y un único punto de expedición registrado en el RUC- pueden incorporarse voluntariamente al sistema, sin importar el tipo de impuesto que liquiden ni el método actual que utilicen para emitir sus comprobantes de venta”, añade el comunicado.
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Certificado cualificado de firma
Aquellos contribuyentes que cumplen con los requisitos señalados, desde el 2 de enero están habilitados para acceder al sistema y comenzar a emitir facturas electrónicas sin costo alguno.
También refiere que otorga gratuitamente el certificado cualificado de firma electrónica, necesario para operar dentro de “Ekuatia’i”.
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“Este sistema representa una oportunidad para modernizar y simplificar los procesos de facturación, especialmente para los pequeños contribuyentes. Su uso contribuye a una mayor transparencia, eficiencia y cumplimiento tributario, fortaleciendo el vínculo entre el contribuyente y la DNIT”, indica el comunicado.
Ventanilla única para ley de armas
La DNIT, a través de otro comunicado, también informó que en el marco de la modernización de la “Ventanilla Única del Importador” (VUI 2.0) y del Sistema Integrado DIGEMABEL (SID), entra en vigor la Ley N.º 7411/2024 de Armas y la Resolución N.º 203/2025, definiendo los niveles de control y los procedimientos administrativos aplicables a cada tipo de material.
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Clasificación:
Anexo A-materiales con autorización previa requieren autorización expresa de la Dirección General de Material Bélico (DIGEMABEL) antes de su importación.
*Armas de fuego civiles y sus componentes críticos.
*Explosivos.
*Materiales de uso privativo de las FF.AA.
Anexo B-Sujetos a verificación en Zona Primaria.
*Verificación de oficio en aduanas habilitadas.
*Armas de fogueo.
*Réplicas.
*Miras telescópicas.
*Armas de aire comprimido.
Anexo C-Materiales no controlados por DIGEMABEL
*Ballestas.
*Chalecos antibalas.
*Equipamiento táctico.
*Herramientas.
La nota expresa que la implementación se realiza en el marco del convenio marco de cooperación interinstitucional, firmado entre la DNIT y la DIGEMABEL. En ese contexto, menciona que realizaron capacitaciones a funcionarios de ambas instituciones y a usuarios vinculados a la actividad aduanera.