29 de noviembre de 2025 – 13:04

La abogada Estela Velázquez, madre de Evagrio Guillermo, un alumno de la Facultad de Ciencias Aplicadas de Ingeniería Ambiental de la Universidad Nacional de Pilar (UNP), sede Ayolas, informó que un Tribunal de Apelación de la Niñez ordenó la reincorporación inmediata del estudiante, quien había sido excluido de facto de las actividades académicas por parte de la institución. Además, se deberá establecer un ajuste razonable acompañado de un cronograma especial de regularización para que el alumno no pierda el año académico 2025.

Velázquez dijo que el fallo marca un precedente histórico para la educación superior en Paraguay.

La universidad suspendió la presencialidad del estudiante y condicionó su continuidad a la entrega de múltiples y costosos diagnósticos médicos, ignorando informes técnicos ya presentados por la familia en mayo. Dichos documentos señalaban que los ajustes requeridos eran pedagógicos (como materiales accesibles y exámenes orales) y no de carácter médico.

El fallo también responsabiliza al Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) por su inacción.

La abogada recordó que, cuando la familia del joven recurrió a la justicia mediante una acción de amparo, el juzgado de primera instancia rechazó la medida, avalando la postura de la universidad.

Todos los beneficios, en un solo lugar Descubrí donde te conviene comprar hoy

Sin embargo, la Cámara de Apelaciones revocó completamente aquella decisión, remarcando graves omisiones en la protección de los derechos humanos del estudiante. Para Velázquez, el pronunciamiento judicial constituye una señal clara de cumplimiento inmediato y un mensaje firme para el sistema educativo.

“El caso, conocido como ‘David contra dos Goliat’, enfrentó a la familia contra dos de las instituciones más poderosas del ámbito educativo y judicial”, expresó.

Por un lado, se encuentra la UNP, cuyo rector es el actual ministro de la Corte Suprema de Justicia, Víctor Ríos Ojeda, y por otro, el Cones, presidido por el ministro de Educación, Luis Fernando Ramírez, ente que debía garantizar los derechos del estudiante. La abogada afirmó que ambas instituciones actuaron con omisiones significativas.

Finalmente, señaló que la repercusión pública del caso se debe al perfil de las autoridades involucradas. Afirmó que la resolución del Tribunal demuestra que los derechos constitucionales a la educación y a la no discriminación prevalecen por encima de cualquier jerarquía política o judicial. La familia considera que este paso es fundamental para asegurar que otros estudiantes en condiciones similares no enfrenten barreras institucionales.

source

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *