La jueza penal de Garantías Rossana Diana Carvallo archivó hoy una denuncia presentada contra Fátima Leticia Saucedo Zelada, “La Negra”, (fotógrafa echada de Yacyretá por planillerismo en 2022 y luego reincorporada en el corriente año) por supuesto abandono, previsto en la Ley de Protección y Bienestar Animal.
La magistrada no tuvo alternativa debido a que la fiscala adjunta Patricia Rivarola ratificó el pedido de desestimación de la denuncia, presentada por el fiscal del caso, Gerardo Mosqueira.

La denuncia presentada por el titular de la Dirección Nacional de Defensa, Salud y Bienestar Animal, Héctor Luis Rubin contra la explanillera de la EBY, tiene relación a un hecho ocurrido entre diciembre de 2024 y enero de 2025.
En su denuncia, Rubín comunica a la Fiscalía el reporte recibido desde el Hospital Veterinario Asunción, ubicado sobre Dr. Bestard e/ Moisés Bertoni y España de Asunción, donde Fátima Saucedo se presentó el 31 de diciembre de 2004, con su perro “Pepi”, de la raza Pug, de 16 años.
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Veterinaria afirma que mascota no necesitaba internación
“Una vez allí, Fátima Leticia Saucedo Zelada habría solicitado a los médicos veterinarios la realización de estudios, la aplicación de medicamentos y habría insistido en que Pepi quede internado en el lugar. Posteriormente, Fátima Leticia Saucedo Zelada no habría retirado a Pepi del Hospital Veterinario Asunción, pese a los insistentes reclamos efectuados por los funcionarios de la clínica veterinaria…”, relata la presentación.
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En su denuncia ante la Fiscalía, la propietaria de la veterinaria Lilian González relató que Fátima Saucedo insistió en internar a su mascota, pero los profesionales le indicaron que no era necesaria la internación y que los estudios que le iban a realizar no requerirían mucho tiempo. Pese a ello, la propietaria insistió en dejarlo internado hasta el día siguiente, pero no regresó hasta el 21 de enero, fecha en que se realizó la denuncia ante el Ministerio Público por maltrato y crueldad animal.
“Una vez que se le hicieron todos los estudios necesarios, desde el 01 de enero del 2025 se le avisó a la señora que podía pasar a buscar a su mascota. Como no lo buscaba, la mascota quedó en la clínica y todas las mañanas se le enviaba a la denunciante un mensaje para coordinar una llamada para darle el reporte médico además de solicitarle autorización para que su mascota consulte con especialista (neurólogo) y recordarle que puede pasar a buscar a su mascota”, relató.
Tras denuncia, Leticia Saucedo retiró a su mascota 21 días después
“A pesar de todas las insistencias la misma contestaba los mensajes evasivamente o se comprometía a buscar a su mascota sin hacerlo hasta la fecha….por dicho motivo que en fecha 13 de enero, procedí a enviarle una intimación extrajudicial a fin de que e presente a retirar a su mascota dentro de 48 horas y abonar los costos generados por la estadía en la clínica, bajo apercibimiento de tomar medidas legales. Esta intimación fue enviada vía WhatsApp”, agregó la denunciante, tras detallar todos los mensajes vía telefónica, correos y llamadas realizados a la propietaria de Pepi.
En su declaración ante la Fiscalía, Lilian González comentó que Fátima Saucedo se fue por primera vez a la clínica en noviembre del 2024, oportunidad en que su can tenía el ojo izquierdo agusanado.
“(…) en esa oportunidad, Pepi se había quedado internado, fue entonces cuando le diagnosticaron de los demás padecimientos que tenía y le sugirieron consultar con especialistas y realizar fisioterapia por la displasia de cadera y le habían prescripto analgésicos, pero que cuando Pepi volvió en diciembre se percataron de que no había seguido las instrucciones médicas, puesto que no podía caminar, empero, después de dos día con los analgésicos suministrados Pepi volvió a caminar”, explicó la profesional.
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Viaje, problemas de salud y “falta de comprensión” de veterinaria
En su declaración ante la Fiscalía, Fátima Saucedo dijo que el 31 de diciembre dejó a su perro internado y al día siguiente viajó con su familia a Pilar. Asimismo presentó las facturas correspondientes al pago de los tratamientos realizados a su mascota en enero y también en el mes de febrero, por un total de G. 19.644.000.

“(…) luego, los primeros días de enero me empezaron a exigir que fuera a buscarlo porque supuestamente ya estaba de alta pero les dije que estaba de viaje porque seguía en la ciudad de Pilar, posteriormente a eso empecé a tener muchos problemas familiares, mi hijo… tuvo una intervención quirúrgica y estuvo internado y de reposo durante mucho tiempo, luego yo también tuve problemas de salud y me interné”, señaló, tras cuestionar al personal del hospital por falta de “comprensión” de sus problemas personales.
Fiscalía no ve delito alguno en conducta de Fátima Saucedo
La versión de la denunciada convenció plenamente a la Fiscalía, tal es así que el fiscal Gerardo Mosqueira solicitó la desestimación de la denuncia el 19 de agosto pasado. La jueza Carvallo dio trámite de oposición a la petición fiscal, pero la misma fue ratificada por la fiscala adjunta Patricia Rivarola el 8 de setiembre último.
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Los representantes del Ministerio Público consideraron que la tutora buscó atención médica veterinaria para la afección de su mascota y para el efecto lo llevó hasta el Hospital Veterinario Asunción, donde fue internado, se le practicó diversos exámenes y se le siguió un tratamiento para la condición que presentaba.

“(…) dicho en otras palabras no puede existir abandono si la propia dueña de Pepi requiere atención e incluso lo interna, para que se le siga un tratamiento y análisis laboratoriales, no desentendiéndose del importante costo que esto le acarreó (la suma total de G 19.644.000), a pesar de que en ese lapso de tiempo su propio hijo se internó y fue sometido a una intervención quirúrgica e incluso ella se vio afectada en su salud, por lo que también necesitó de atención médica e internación”. concluye Rivarola.
Magistrada, disconforme con postura de la Fiscalía
En síntesis, para la Fiscalía, no es posible calificar la conducta de la denunciada en las disposiciones previstas en el artículo 32 ni en el art. 38, de la Ley N° 7364/2024, que modifica la Ley 5892/2017 modificatoria de la Ley N° 4840/2013 “De Protección y Bienestar Animal”.
“(…) atendiendo lo que establece el principio acusatorio, a este Juzgado no le queda otra alternativa que dar cumplimiento a lo solicitado por el Ministerio Público, no pudiendo ordenar, aunque considere pertinente, una salida distinta a la desestimación de la denuncia, por encontrarse vedada esta atribución, conforme con el art. 314 del Código Procesal Penal”, explica la jueza penal de Garantías Diana Carvallo, al disponer el archivamiento del caso.