La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), integrada por el presidente de la máxima autoridad judicial César Diesel y los ministros Víctor Ríos y Gustavo Santander, rechazó “in límine” la acción de inconstitucionalidad del senador colorado cartista Erico Galeano Segovia, planteada el 24 de octubre de 2024, es decir, hace casi un año. Cabe señalar que el legislador actualmente afronta juicio oral y público en una causa que surgió como desprendimiento del caso A Ultranza.
El incidente lo había presentado Erico Galeano contra el AI N° 233 del Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, conformado por Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias y Bibiana Benítez. Mediante dicha resolución se excluyeron solo algunos de los elementos ofrecidos por el Ministerio Público y que fueron incluidos por el juez penal de garantías Especializado en Crimen Organizado, Osmar Legal, por AI N° 265 al elevar su causa a juicio.
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Durante el audiencia preliminar, Erico Galeano había formulado un incidente de exclusión probatoria en relación a las acusaciones contra el primer grupo de procesados de A Ultranza, así como la acusación contra Miguel Ángel Insfrán Galeano, alias Tío Rico, y una resolución judicial de devolución de una aeronave y otros puntos más. Sin embargo, Legal rechazó ese incidente.
La decisión de Legal fue objeto de apelación, instancia en la que no se excluyeron nuevamente todos los puntos deseados por el senador encausado. Por esta razón, nuevamente, recurrió a la Corte Suprema de Justicia donde recibió otro revés. A todo esto, los elementos inicialmente excluidos, el Tribunal de Sentencias, presidido por Pablino Barreto e integrado por Inés Galarza y Juan Dávalos, a pedido del fiscal Silvio Corbeta.
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Sala Constitucional cuestionó pretensión de Erico Galeano
Al momento de su análisis y respectivo voto, el ministro Gustavo Santander refirió: “analizando las pretensiones del accionante canalizadas por la presente acción, concluimos que las mismas no reúnen los requisitos exigidos por la norma para enervar la validez del fallo cuestionado, principalmente por la falta de expresión detallada del agravio concreto que le acarrea el decisorio atacado”.

“El cuestionamiento de falta de fundamentación del decisorio emitido por la Alzada, se constata que deviene suficiente, claro y contundente. Demás está decir, que en el caso sub examine, el accionante presenta argumentaciones cuyo contenido expresa su desacuerdo claro con el razonamiento seguido por el Tribunal de Alzada”, agregó Santander.
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En otro párrafo, el ministro Santander cuestionó la intención de Erico Galeano: “Del enjundioso fundamento esgrimido por el accionante, surge que la pretensión del mismo es de que esta Sala Constitucional se avoque a un nuevo examen de la decisión asumida en mayoría por el Tribunal de Apelaciones, lo que equivale a solicitar que ésta se constituya en una mera instancia revisora, pretensión improcedente”.
Indicó también el ministro de la sala constitucional que “no cabe más que recordar a la parte actora que la acción de inconstitucionalidad, tal y corno fue concebida en el actual Código de Procedimientos Civiles, es una acción autónoma, una demanda totalmente independiente en su tramitación corno contenido a los autos que le dan nacimiento”.
Y recordó que “el desconocimiento o, lo que es más común, su tramitación corno mera vía recursiva tal y corno surge en el presente caso, conlleva insalvablernente un efecto inoficioso lo que obliga a esta Sala a un pronunciamiento negativo”.
Presuntos nexos de Erico Galeano con “Tío Rico” y Marset
La acusación fiscal por presunto lavado de dinero proveniente del narcotráfico y asociación criminal de la ley de drogas, señala que el senador cartista Erico Galeano estuvo supuestamente al servicio de la organización criminal que traficaba cargamentos de cocaína desde el territorio nacional a países de África y Europa, entre 2020 y 2021; y que fue desbaratada con la Operación A Ultranza en febrero de 2022.
El Ministerio Público sostiene que los presuntos criminales utilizaron la aeronave de Erico Galeano, que en ese entonces estaba a nombre de la firma Alpina SA, propiedad del ahora acusado, debido a que la flota de cinco aeronaves que pertenecía a Tío Rico fue incautada el 8 de octubre del año 2020 en un operativo encabezado por los fiscales Marcelo Pecci (+) y Alicia Sapriza, en el aeródromo “Arayán”, en la ciudad de Areguá.
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A cambio de la provisión de dicha aeronave, Galeano habría recibido sumas de dinero provenientes del tráfico de cocaína, que insertó en el sistema financiero legal paraguayo con la adquisición de bienes muebles e inmuebles, según la acusación de Fiscalía.
El requerimiento conclusivo presentado por los fiscales Deny Yoon Pak y Silvio Corbeta Dinamarca. afirma además que Erico Galeano invirtió el dinero que presuntamente recibió de los traficantes de cocaína, en el Club Deportivo Capiatá, donde ingresó la suma de G. 10.379.049.589.