24 de marzo de 2026 – 18:39
La Circunscripción Judicial de Amambay dio a conocer este martes datos estadísticos de padres registrados como deudores alimentarios y, por ende, imposibilitados de realizar varias gestiones tanto en el ámbito público como privado. Desde la institución jurisdiccional indicaron que, entre 2023 y 2025, unas 77 personas fueron incorporadas a la “lista negra” en virtud de la ley vigente en nuestro país.
Entre 2023 y 2025, se observa un sostenido aumento en la cantidad de resoluciones dictadas en el marco del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) en Pedro Juan Caballero, según indicaron desde la Circunscripción Judicial de Amambay. El camarista Elvio Insfrán, presidente del Tribunal de Apelación en el fuero de la Niñez, detalló que en 2023 hubo 17 resoluciones que derivaron en la inscripción de los afectados en la “lista negra” de padres (hombres y mujeres) morosos, 21 en 2024 y 39 en 2025, totalizando 77 casos entre los juzgados de primero y segundo turnos de la niñez en el Palacio de Justicia de Pedro Juan Caballero.
“El número de personas que están incumpliendo con el pago de las cuotas por asistencia alimenticia va en aumento”, expresó el magistrado y recordó que hay una serie de trámites que una persona que aparece en el Redam está imposibilitada de realizar.

Qué implica estar en el REDAM?
El magistrado Elvio Insfrán recordó la serie de limitaciones civiles que tiene una persona desde el momento en que su nombre aparece en el Redam, como gestionar créditos o documentos públicos.
“Cabe recordar que aquellas personas que se encuentran inscriptas en el Redam tienen prácticamente una muerte civil, ya que se encuentran inhabilitadas para la obtención de licencias de conducir, compra-venta de bienes, celebración de matrimonio civil y la renovación de cédulas y pasaportes”, explicó Insfrán.
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Agregó que luego de estar inscripta en la lista del Redam, la persona está obligada a pagar la totalidad de lo adeudado para ser excluida de la misma. Insfrán indicó que incorporación en el Redam se lleva a cabo previa sentencia judicial en el fuero de la Niñez y la Adolescencia y después de tres meses de atraso en el pago de la cuota en concepto de asistencia alimenticia.
