El Senado paraguayo discute la ley de protección de datos personales con propuestas que apuntan a asegurar mayor autonomía y control institucional.
La Cámara de Senadores abordará este miércoles el proyecto de ley de protección de datos personales, una normativa que busca establecer un marco legal para el tratamiento y la transferencia de información sensible en Paraguay. La iniciativa ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados desde mayo pasado.
Las comisiones de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, y de Ciencia y Tecnología emitieron un dictamen conjunto favorable, aunque propusieron modificaciones sustanciales. Entre ellas figura la reducción del texto original de 88 a 60 artículos, según informó el senador Luis Pettengill.
Uno de los principales puntos de debate gira en torno a la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales, prevista inicialmente como unidad dependiente del Mitic. Las comisiones proponen que esta institución sea autónoma y con plena capacidad jurídica y administrativa.
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La senadora Lizarella Valiente subrayó la relevancia del proyecto para la protección de los derechos de niños y adolescentes, en línea con la Constitución Nacional. Indicó que será necesario el consentimiento de los padres para el tratamiento de datos personales de menores.
El senador José Oviedo, de la Comisión de Ciencia y Tecnología, impulsó varias modificaciones. Entre ellas, eliminar un párrafo del artículo 19 que permitía excepciones reglamentarias en las transferencias internacionales, con el fin de evitar disposiciones ambiguas.
Otra modificación relevante recae sobre el artículo 34, donde se establece que la nueva agencia deberá ser independiente del Mitic. Esta medida busca evitar una sobrecarga institucional y garantizar mayor imparcialidad en la supervisión del cumplimiento de la ley.
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Asimismo, en el artículo 37, se plantea que el director de la agencia rinda informes anuales ante el Senado, otorgando así al Congreso una función de contralor en la gestión del organismo. La versión original del proyecto otorgaba al Ejecutivo el poder de nombramiento sin intervención legislativa.
Finalmente, se cuestionó el artículo 43, que atribuía a la agencia la facultad de definir faltas reglamentarias. La propuesta de modificación elimina esta capacidad para evitar una concentración excesiva de poder y garantizar un mayor equilibrio normativo.
Fuente: Última Hora