El Tribunal de Sentencia presidido por Gerardo Ruiz Díaz e integrado por Natalia Muñoz y Victoria Ortiz declaró probada la acusación por hechos punibles contra niños, niñas y adolescentes, presentada por el fiscal Jorge Escobar contra los ahora condenados, cuyas identidades reservamos para no exponer a la víctima.

El padrastro, un tractorista de 42 años que se encuentra recluido en la Penitenciaría Regional de Emboscada, fue sentenciado a 15 años de pena privativa de libertad, tras ser declarado culpable de abuso sexual en niños.

Jorge Escobar, fiscal de Luque.
Jorge Escobar, fiscal de Luque.

Por su parte, la madre fue sentenciada a dos años de pena privativa de libertad por violación de deber de cuidado. Sin embargo, la misma no irá a la cárcel pues el colegiado dispuso la suspensión a prueba de la condena.

Los hechos punibles contra niños, niñas y adolescentes que motivaron la condena

La acusación da cuenta que los hechos que motivaron este proceso ocurrieron de manera sistemática y reiterada desde que la víctima tenía 12 años de edad, durante tres años.

Para el efecto, el hombre aprovechaba cuando su pareja, la madre de la adolescente dormía o cuando la joven se bañaba, (debido a que el baño solo tenía una cortina), para manosearla en sus partes íntimas.

La acusación revela que la adolescente contó a la madre los abusos que venía sufriendo ella y su hermana de 13 años y suplicó que tomara medidas, pero esta hizo caso omiso a la grave denuncia.

Sede judicial de Fernando de la Mora
Sede judicial de Fernando de la Mora, donde se desarrolló el juicio oral y público por hechos punibles contra niños, niñas y adolescentes ocurrido en Luque.

Ante la insistencia de la víctima de que tome medidas para frenar los abusos, la madre le golpeó a la hija quien, en su desesperación, salió de la casa y se fue a vivir con la madre de una amiga, debido a que sus demás familiares residen en el interior.

De hecho, fue esta señora que le dio abrigo a la víctima la que acudió ante una comisaría de Luque a realizar la denuncia correspondiente, lo que posibilitó la apertura de la investigación que ahora concluyó con la condena.

Madre presionó a su hija para que retirara la denuncia

Tras la presentación de la denuncia, la madre contactó con su hija y le pidió que le acompañe a una consulta médica, pero en el camino le advirtió que le llevaría a que se retractara de su denuncia y le obligó también a la adolescente a decir que la denunciante le maltrataba, bajo amenaza de hacerle daño al bebé de la denunciante.

Al retirarse de la sede policial, la joven acudió nuevamente a la Fiscalía a denunciar este hecho, lo cual también incidió en la decisión del colegiado para condenar a la madre.

Mi mamá me decía que tenía que agradecer a este hombre que nos da de comer”, señaló la víctima, al notar la situación de dependencia económica en que vive su madre, por su condición de ama de casa.

En sus alegatos finales, el fiscal Jorge Escobar solicitó una condena de 10 años de pena privativa de libertad para el padrastro y de 2 años para la madre.

“(…) resulta manifiesto que (…) en su condición de madre de la víctima abusada y con la gravedad que ello implica, omitió haber puesto lo acontecido de manera inmediata a conocimiento de las autoridades y muy por el contrario no le crevó a su hija menor de edad e incluso bajo engaño y amenaza en plena etapa de investigación la llevó a la Comisaría para que la misma se retracte de los términos de la denuncia que sirvió de base para el inicio de la investigación permitiendo así que su hija sea considerablemente perjudicada en su desarrollo fisico v psíquico con tal de que ella siga en pareja con el agresor de su hija extremos que para el Tribunal de Mérito constituye una grave violación del deber de cuidado”, concluyó el Tribunal en la sentencia definitiva (SD) N° 90.

Tribunal destaca que daño causado a la víctima es “inconmensurable”

Para no ir a la cárcel, una vez firme la sentencia, durante 2 años la madre deberá presentarse en forma bimestral ante el Juzgado de Ejecución de Fernando de la Mora y no contactar ni molestar por cualquier medio a la víctima. Prohibición de salir del país sin autorización judicial y de consumir bebidas alcohólicas, drogas y de portar arma son las demás reglas de conductas establecidas por el Tribunal de Sentencia.

Con relación al padrastro, el colegiado destacó que el mismo se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en que se encontraba su hijastra. así como la diferencia de edad para perpetrar el ilícito, que también afectó a otra hermana de la denunciante.

“(…) el daño y el perjuicio causado es inconmensurable. Empero, la relación mayoridad-minoridad y la condición de padrastro exigía del acusado un deber de protección integral en cuando al respeto que toda niña merece en el marco del desarrollo progresivo de su personalidad”, resaltó el Tribunal, durante el estudio de la pena a ser aplicada al padrastro, que finalmente quedó establecida en 15 años de cárcel, cinco años más de la pena requerida por la Fiscalía.

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