El Tribunal de Apelación en lo Penal, segunda sala, confirmó la prisión de la ex presidenta de Petropar, Delia Patricia Samudio Torrás, y de su esposo, José Manuel Costa Perdomo, condenados por lesión de confianza en el denominado caso agua tónica. La resolución ratifica la revocatoria de las medidas alternativas que ambos cumplían luego de que la sentencia quedara firme.

La decisión corresponde al Auto Interlocutorio N.° 663, dictado el 9 de julio. Patricia Samudio fue condenada a cuatro años de prisión y José Costa Perdomo a tres años y nueve meses por la compra sobrefacturada de agua tónica y otros insumos durante la pandemia del covid-19. El fallo condenatorio quedó firme en mayo de este año.

Tribunal rechazó los argumentos de la defensa

El Tribunal de Sentencia integrado por Gloria Hermosa, Natalia Cacavelos y Darío Báez había ordenado la prisión de los condenados tras revocar las medidas alternativas y disponer la remisión del expediente a un juzgado de ejecución penal.

La Fiscalía solicitó la medida al sostener que la defensa presentó diversos recursos con el objetivo de impedir o retrasar el cumplimiento de la condena. El fiscal Silvio Corbeta argumentó la existencia de peligro de fuga al considerar que las acciones promovidas buscaban evitar el inicio de la ejecución de la pena.

La defensa, encabezada por el abogado Hugo Esteban Chávez Alvarenga, apeló la resolución al sostener que se vulneró el derecho a la defensa. Además, afirmó que la sentencia no estaba firme debido a una aclaratoria y a una acción de inconstitucionalidad pendientes de resolución.

La Cámara sostiene que la condena debe ejecutarse

El Tribunal de Apelación, integrado por Bibiana Benítez, José Agustín Fernández y Miryam Meza, concluyó que la resolución del Tribunal de Sentencia se ajustó a las disposiciones legales vigentes. Los camaristas señalaron que la presentación de una acción de inconstitucionalidad no suspende automáticamente los efectos de una sentencia firme, salvo que exista una medida específica en ese sentido, situación que no se verificó en este caso.

Respecto al recurso de aclaratoria mencionado por la defensa, la Cámara recordó que ese mecanismo no modifica el contenido de la sentencia y agregó que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia lo rechazó el 14 de julio mediante el Acuerdo y Sentencia N.° 510.

La sentencia condenatoria estableció que Patricia Samudio y José Manuel Costa Perdomo ocasionaron un perjuicio patrimonial de G. 359.700.000 a Petropar mediante la compra de agua tónica y otros insumos que no ingresaron a la institución. Según el fallo, la empresa Solumedic S.A. fue la única invitada al proceso y el dinero terminó siendo utilizado para cancelar una deuda particular de Costa Perdomo con la firma Racole.

Fuente: ABC Color


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