16 de julio de 2026 a la – 20:43

El presidente Santiago Peña objetó totalmente el proyecto de ley que crea un registro para alumnos con Altas Capacidades o superdotados fue sancionado por el Senado en junio pasado. El argumento es que el MEC cuenta actualmente con los “instrumentos normativos” y las “estrategias diseñadas para
garantizar la enseñanza” de rigor.

El jefe de Estado, Santiago Peña, firmó el Decreto N° 6346, con fecha 16 de julio, por el cual veta totalmente el proyecto de ley que crea un registro para alumnos con Altas Capacidades o superdotados. El Senado sancionó la iniciativa en junio pasado.

El proyecto de ley contempla la creación de un registro nacional de estudiantes con alta capacidad intelectual y faculta al Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) a establecer acuerdos con gobiernos departamentales y municipales para el desarrollo conjunto del proceso de identificación y seguimiento.

Los proyectistas de la iniciativa fueron la cartista Cristina Villalba y los liberales Luis Federico Franco y Carlos Pereira Rieve.

El proyecto de ley establece, además, la identificación temprana para la atención individualizada, oportuna y completa para la debida inscripción y asistencia, en la educación básica y media, de los estudiantes con altas capacidades.

Dispone también la aplicación obligatoria y general para las instituciones educativas públicas, privadas, y privadas subvencionadas por el Estado de todos los niveles.

En el artículo 5°, por ejemplo, se menciona la capacitación docente de todos los niveles educativos. Asimismo, el Ministerio de Educación y Ciencias, en coordinación con las municipalidades y gobernaciones, establecerá los criterios, elementos y mecanismos de evaluación psicopedagógicos que permitan identificar a los estudiantes con alta capacidad intelectual.

Argumentos del veto

El Poder Ejecutivo expuso las razones de la objeción total. Indicó que el Ministerio de Educación y Ciencias es el órgano competente en la materia sobre la que versa la iniciativa legislativa. Apuntó que “su opinión calificada fue requerida tanto en el marco del trámite legislativo como a requerimiento del Poder Ejecutivo, expidiéndose el Ministerio, en todas las instancias consultadas, en sentido desfavorable a la sanción y promulgación del proyecto de ley».

“Que en el ámbito del trámite parlamentario, el Ministerio de Educación y Ciencias se expidió mediante la Nota MEC N° 1058 de fecha 17 de diciembre de 2024, y la Nota MEC N° 584 de fecha 7 de agosto de 2025, las cuales concluyeron que no resultaba oportuna la promulgación de una ley sobre la materia, por ser pertinente continuar trabajando en el ámbito educativo con las propuestas pedagógicas vigentes conforme con la Ley N° 5136/13 “De Educación Inclusiva”, refiere el documento.

Sesión de la Cámara de Senadores. Foto: Prensa Senado.
Sesión de la Cámara de Senadores, este miércoles último. (Foto gentileza).

El Decreto, además, expone que conforme con el análisis técnico del Ministerio de Educación y Ciencias, “éste cuenta actualmente con los instrumentos normativos y las estrategias diseñadas para garantizar que los estudiantes con altas capacidades intelectuales —comprendidos entre los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo— tengan un acceso equitativo y adecuado en el sistema educativo nacional, asegurando su permanencia y promoción a lo largo de su trayectoria escolar».

Asimismo, el Poder Ejecutivo señaló que el órgano del Poder Ejecutivo, el MEC, “competente en la materia que, encontrándose la finalidad del Proyecto de Ley regulada y reglamentada por las normas citadas, ”la promulgación de una nueva ley podría crear una superposición o duplicidad normativa en el ordenamiento legal y generar una aplicación simultánea de nuevas capaces de producir resultados contradictorios en el sistema educativo nacional”.

martin.riveros@abc.com.py

source

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *